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12.11.21

Entra en vigencia el nuevo Código de Edificación

El 11 de noviembre entra en vigencia el Código de edificación en CABA, desde el CPAU elaboraron una guía de lectura rápida que contiene los puntos destacados del nuevo texto y un documento con la normativa vigente actualizada.

PUNTOS DESTACADOS

Se modificarán los m2 en la clasificación de las obras

›Permiso de ejecución de Micro Obra: hasta 50 m2 (antes, 30 m2).

›Permiso de ejecución de Obra Menor: hasta 1.000 m2 (antes, 500 m2), con plano límite de 15m.

›Permiso de ejecución de Obra Media: hasta 5000 m2 (antes, 2500 m2), con plano límite de 45m.

› Permiso de ejecución de Obra Mayor: mayores a 5000 m2 (antes, 2500 m2).

› Los avisos de obra y los permisos de demolición tendrán una vigencia de 1 año.

›El “Registro en etapa proyecto” amplía su vigencia a 2 años para iniciar el permiso de obra (hasta
ahora tenía una validez de 180 días).

›Se incorpora el plazo para iniciar la obra, que será el mismo para todas las escalas de permisos de obra: un año. Y se mantendrán los plazos para la finalización vigente en el CE.

›Se amplían las tareas comprendidas en un aviso de obra y se automatiza su tramitación. Salvo en los casos de clausura, áreas protegidas o inmuebles catalogados, el aviso de obra se otorgará directamente al terminar la carga de la documentación requerida.

›Las micro-obras y las modificaciones de obras en curso podrán realizar el inicio espontáneo de obra bajo responsabilidad de la/el profesional una vez caratulada la presentación del plano correspondiente.

›Se independizarán los trámites de Demolición, Registro en etapa proyecto y Registro de permiso de ejecución de instalaciones.

›Se podrá unificar el “Registro del plano de obra civil” y el “Permiso de obra”. De acuerdo a la documentación presentada por el/la profesional, se podrán obtener los dos en un solo trámite.

›Permiso de obra: no se solicitarán las factibilidades de servicios. Si bien siguen siendo exigidas por las prestadoras, ya no serán documentación obligatoria para el trámite de obra en el GCABA.

›El conforme a obra y el certificado final de obra se entregarán en el mismo acto administrativo.

›Se clarifican los sujetos intervinientes para cada trámite.

›Se aclaran superficies totales de locales para considerar vivienda mínima.

›Se incorpora la expansión obligatoria en vivienda mínima.
›Se introduce el concepto de flexibilidad en lados mínimos y superficie en locales de viviendas NO mínimas.

›Se unifican las características de Estudio profesional y oficina.

›Se modifican contenidos de habitabilidad en cuanto al espacio para el personal del edificio, las condiciones generales para cocinas y espacios para cocinar y en cuanto a las vistas a linderos.

›Se incorpora una tolerancia en altura del 2% para ejecución, que no podrá ser tenida en cuenta en los planos a registrar.

›Se establecen los criterios de adecuación de edificios existentes, según los grados de intervención.

›Se incorporan otros instrumentos para acreditar construcciones existentes más allá del plano de obra registrado (plano AySA, plano de habilitación y plano de mensura).

›Se ajustan los contenidos de Patrimonio, se eliminan artículos que pasaron al CUR.

›Se modificarán los m2 en la clasificación de las obras:

›Permiso de ejecución de Micro Obra: hasta 50 m2 (antes, 30 m2).

›Permiso de ejecución de Obra Menor: hasta 1.000 m2 (antes, 500 m2), con plano límite de 15m.

›Permiso de ejecución de Obra Media: hasta 5000 m2 (antes, 2500 m2), con plano límite de 45m.

› Permiso de ejecución de Obra Mayor: mayores a 5000 m2 (antes, 2500 m2).

› Los avisos de obra y los permisos de demolición tendrán una vigencia de 1 año.

›El “Registro en etapa proyecto” amplía su vigencia a 2 años para iniciar el permiso de obra (hasta ahora tenía una validez de 180 días).

›Se incorpora el plazo para iniciar la obra, que será el mismo para todas las escalas de permisos de obra: un año. Y se mantendrán los plazos para la finalización vigente en el CE.

›Se amplían las tareas comprendidas en un aviso de obra y se automatiza su tramitación. Salvo en los casos de clausura, áreas protegidas o inmuebles catalogados, el aviso de obra se otorgará directamente al terminar la carga de la documentación requerida.

›Las micro-obras y las modificaciones de obras en curso podrán realizar el inicio espontáneo de obra bajo responsabilidad de la/el profesional una vez caratulada la presentación del plano correspondiente.

›Se independizarán los trámites de Demolición, Registro en etapa proyecto y Registro de permiso de ejecución de instalaciones.

›Se podrá unificar el “Registro del plano de obra civil” y el “Permiso de obra”. De acuerdo a la
documentación presentada por el/la profesional, se podrán obtener los dos en un solo trámite.

›Permiso de obra: no se solicitarán las factibilidades de servicios. Si bien siguen siendo exigidas por las prestadoras, ya no serán documentación obligatoria para el trámite de obra en el GCABA.

›El conforme a obra y el certificado final de obra se entregarán en el mismo acto administrativo.

›Se clarifican los sujetos intervinientes para cada trámite.

›Se aclaran superficies totales de locales para considerar vivienda mínima.

›Se incorpora la expansión obligatoria en vivienda mínima.

›Se introduce el concepto de flexibilidad en lados mínimos y superficie en locales de viviendas NO mínimas.

›Se unifican las características de Estudio profesional y oficina.

›Se modifican contenidos de habitabilidad en cuanto al espacio para el personal del edificio, las condiciones generales para cocinas y espacios para cocinar y en cuanto a las vistas a linderos.

›Se incorpora una tolerancia en altura del 2% para ejecución, que no podrá ser tenida en cuenta en los planos a registrar.

›Se establecen los criterios de adecuación de edificios existentes, según los grados de intervención.

›Se incorporan otros instrumentos para acreditar construcciones existentes más allá del plano de obra registrado (plano AySA, plano de habilitación y plano de mensura).

›Se ajustan los contenidos de Patrimonio, se eliminan artículos que pasaron al CUR. Cualquier documentación que ingrese antes de esa fecha, lo hará con la normativa que todavía está vigente.

Ver nuevo Código de Edificación
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